El miércoles próximo la Cámara avanzará con el tratamiento de los proyecto de anticorrupción propuestos por Poder Ejecutivo.
Proyecto de Ley del Arrepentido.
El proyecto de Ley del Arrepentido volverá a diputados con varias modificaciones realizadas por los senadores. El proyecto plantea la figura del Arrepentido que refiere a los individuos que puedan ayudar a la Justicia en la investigación del delito que hubieran cometido.
Las modificaciones de los senadores al proyecto fueron que el acusado solo puede brindar información que debe resultar veraz hasta el momento en que la Justicia decid elevar a Juicio Oral la causa y que el “arrepentido” solo puede señalar como integrantes de la organización delictiva a sus pares o superiores.
Este proyecto regresará a diputados con las modificaciones que el Senado creyó pertinentes, los diputados podrán insistir con la sanción de texto original o podrán aceptar los cambios y modificar el Proyecto de Ley.
Agencia de Información Pública
El senado convertiría en Ley el Proyecto que crea una Agencia de Información Publica donde cualquier persona tendrá el derecho a solicitar y a recibir del Estado información completa, adecuada, oportuna y veraz. De aprobarse el proyecto, la Agencia, estará integrada por representantes de todas las áreas del Estado los cuales serán designados por el Poder Ejecutivo previo concurso de oposición y antecedentes, con posibilidad de remoción.
El Estado tendrá 15 días para proveer la información solicitada, con posibilidad de prorrogar el plazo por 15 días más, en caso de no recibir respuesta en tiempo y forma el solicitante podrá reclamar por vía judicial o administrativa. También establece la creación de un órgano de aplicación por cada poder del Estado con autarquía y con funcionarios elegidos por concurso y sistema de impugnaciones.
En caso de ser aprobada, la Ley regirá para los poderes Ejecutivos, Legislativos y Judicial, el Ministerio Publico Fiscal, organismos centralizados, descentralizados, empresas, sociedades estatales y cualquier entidad privada que reciba subsidios o aportes del Estado Nacional.
Flagrancia
El senado debatirá también un Proyecto de Ley para la incorporación de la figura de “Flagrancia” que se aplicaría cuando el autor de un delito aprehendido en el momento de cometerlo y se podrá utilizar para delitos con penas menores a 15 años, su objetivo es que se realicen juicios abreviados y con condena rápida.
Establece que el detenido será trasladado ante el juez para participar de una audiencia oral inicial de flagrancia que deberá celebrarse dentro de las 24 hs. de realizada la detención y las cuales pueden ser prorrogables por 24 hs más.
















