En el informe del COE anunciaron que San Salvador de Jujuy y Palpalá retornarán a la etapa 1 del aislamiento sin embargo se mantendrán algunas permisiones, entonces ¿cuáles son las actividades exceptuadas?

Debido a la complejidad de la situación epidemiológica en estas ciudades, el Comité Operativo de Emergencia determinó la vuelta a la Fase 1 por una semana, por lo que se restringió la actividad comercial pero se mantuvieron algunas permisiones. Bajo ese marco ¿cuáles son las actividades permitidas?
Administración pública: cada Ministerio determinará sus actividades esenciales para funcionar.
Oficios y profesiones liberales.
Gastronomía: solo bajo modalidad de delivery.
Bancos: continuarán trabajando con turnos otorgados desde la web.
Actividades deportivas: las actividades individuales se mantendrán en la medida que fueron habilitadas.
Actividades esenciales por DNU:
- Supermercados mayoristas y minoristas y comercios de proximidad como almacenes.
Farmacias, ferreterías, veterinarias, provisión de garrafas, corralones (sólo para obra pública esencial). - Transporte público.
- Venta de mercaderías ya elaboradas en comercios minoristas (sólo venta electrónica y telefónica) sin contacto personal con clientes.
- Establecimientos que desarrollen actividades de cobranza de servicios e impuestos.
- Recolección de residuos.
- Reparto a domicilio de alimentos, medicamentos, productos de higiene, limpieza y otros insumos.
- Producción y distribución agropecuaria.
- Mantenimiento de servicios básicos (agua, gas, electricidad y comunicaciones).
- Servicios esenciales de vigilancia, limpieza y guardia.
- Personas que deben atender una situación de fuerza mayor.
- Atención médica y odontológica programada, de carácter preventivo y seguimiento de enfermedades crónicas, con sistema de turno previo.
- Laboratorios de análisis clínicos y diagnóstico por imágenes.
- Ópticas con turno previo.
- Servicios de lavandería.
- Personas afectadas a servicios funerarios, entierros y cremaciones.
- Personas que deben asistir a otras con discapacidades o familiares que necesiten asistencia.
- Personas afectadas a la atención de comedores y merenderos.
- Personal de medios de comunicación.
- Actividades de telecomunicaciones, internet y servicios digitales.
- Servicios de cajeros automáticos y servicios de transporte de caudales.
- Personal afectado a obra pública esencial.
- Servicios postales y distribución de paquetería.
- Establecimientos para la atención de casos de violencia de género.
- Oficinas de rentas de la provincia y de los municipios, con sistemas de turnos y guardias mínimas.
- Actividad registral nacional y provincial, con sistema de turnos y guardias mínimas.















