Además de autorizar el desdoblamiento del aumento del 13,8% entre diciembre y enero, impuso un cambio para las futuras subas. El próximo incremento será en febrero.

Ala par de los aumentos en diciembre y enero, el Gobierno determinó este jueves, a través del Boletín Oficial, un cambio en la forma en la que se actualizan las cuotas de las medicina prepaga por 18 meses, que tendrá en cuenta la evolución salarial y que se comenzará aplicar en diciembre.
El cambio se introdujo como parte de la discusión que se abrió con el sector respecto de los costos y el impacto e la inflación. A su vez, ya se dispuso que habrá nuevos incrementos en febrero que tendrá en cuenta los nuevos valores.
La Casa Rosada determinó que, a partir de febrero, y por 18 meses, el incremento de las cuotas tendrá como tope máximo el 90% de la evolución salarial, medida a través del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado. Se mantendrá, al mismo tiempo, el Índice de Costos de Salud y así, el nuevo cambio actuará solo como límite.
Según se especifica, esta modalidad de aumento alcanza a los “contratos individuales de adhesión voluntaria” que hayan firmado las personas afiliadas, “incluidas aquellas que acceden al servicio por derivación de sus aportes obligatorios del sistema de Obras Sociales”. No obstante, tiene una limitación más. La medida se aplicará respecto de aquellos que posean “ingresos netos inferiores a seis Salarios Mínimos, Vitales y Móviles”.
Costos
La medida se estableció en el decreto 743 firmado por Alberto Fernández. Allí, se hace mención que la nueva actualización busca que las empresas de medicina puedan “afrontar los mayores costos de los insumos y recursos”. Al mismo tiempo, se trata de una medida para intentar desalentar “la inercia inflacionaria”. El salario y las paritarias del sector son un factor que se considera.
Según informó el Gobierno, hay seis millones de usuarios de servicios de medicina prepaga. Sin embargo, no se trata de un universo homogéneo. Más de 1.900.000 se encuentran alcanzadas por planes corporativos de las personas empleadoras.
En tanto, alrededor de 1.600.000 de beneficiarios acceden estos servicios “a partir de contratos de adhesión” o, en tanto, optaron por “derivar aportes obligatorios a entidades que suscriben convenios” y cubren con sus propios ingresos “las diferencias resultantes”.
La medida, busca, según se establece, “la protección de los usuarios, las usuarias y los consumidores y las consumidoras, los trabajadores y las trabajadoras del sector, los costos de las entidades y las variables inflacionarias”.
A su vez, se precisa que, desde enero, las empresas deben mantener sus planes sin copagos en condiciones idénticas a las actuales y se fija que, en el caso de aquellos planes con copagos, “sobre las prestaciones de primer y segundo nivel”, tienen que ofrecer valores “a un precio de, como mínimo, un 25 % menor al plan sin copagos”.
Desdoblamiento y nuevo aumento en febrero
El Ministerio de Salud oficializó, a través de la resolución 2577 que las prepagas podrán aumentar sus cuotas, según la nueva fórmula, a partir de febrero. La medida autoriza los aumentos según el Índice de Costos de Salud, y con el tope de la evolución salarial, según el RIPTE.
El Índice de Costos de Salud contempla “la evolución de los rubros de recursos humanos, medicamentos, insumos médicos, otros insumos y gastos generales que resulten significativos” para las empresas del sector.
El Ministerio de Salud había autorizado, mediante la resolución N° 867 “incrementos bimestrales en el valor de las cuotas de las entidades de Medicina Prepaga” según esos criterios. Había dispuesto que los incrementos se calcularan al último día de los meses de junio, agosto y octubre de 2022.
En ese sentido, al 30 de junio de 2022 el índice de mención ascendió a 11.34%, al 31 de agosto de 2022 ascendió a 11.53% y al 31 de octubre de 2022 ascendió a 13.80%. No obstante, las críticas de Cristina Kirchner generaron ruido interno y obligaron al Gobierno a considerar el desdoblamiento de ese aumento.
En efecto, el Gobierno formalizó también este jueves el desdoblamiento del aumento de los valores que cobran las empresas de medicina prepaga de 13,8 %. A través de la resolución 2578, firmada por la ministra Carla Vizzotti. Se trata de dos aumentos autorizados de 6,9%, uno en diciembre y otro en enero.
Resumen de medidas sobre medicina prepaga
El aumento bimestral calculado para el mes de diciembre de este año (13,8%) se dividirá en dos tramos de 6,9%, uno a aplicarse en diciembre 2022 y otro en enero de 2023.
A partir del mes de febrero de 2023, por el plazo de 18 meses, el aumento de la cuota de la medicina prepaga tendrá un tope del 90% del Índice de Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) del mes inmediato anterior publicado para aquellas personas que posean ingresos netos inferiores a seis salarios mínimos, vitales y móviles. Este tope aplica tanto para quienes contraten individualmente y de manera directa a las empresas de medicina prepaga como para quienes acceden por derivación de sus aportes obligatorios al sistema de Obras Sociales, en cuyo caso el tope será aplicable a la cuota que efectivamente abonen por el plan superador que hayan contratado.
Por el mismo período, para quienes tienen un ingreso neto equivalente a más de seis salarios mínimos, los incrementos mensuales máximos que podrán aplicarse en las cuotas se definirán, como hasta ahora, de acuerdo con la variación de los costos, reflejada en el índice de Costos de Salud.
A partir del 1° de enero del 2023 las Entidades de Medicina Prepaga deberán ofrecer planes de cobertura idénticos a los vigentes en la actualidad, a precios de al menos un 25% por debajo de los precios actuales que podrán incluir copagos sobre las prestaciones de primer y segundo nivel. Esto permitirá que se establezca una mejor relación entre el gasto del usuario/a y las tasas de consumo de prestaciones contratadas.
Se creará una comisión técnica encabezada por la Jefatura de Gabinete de Ministros con el fin de dar seguimiento a la evolución de esta política, evaluar y emitir un dictamen técnico sobre la factibilidad de encuadrar a las Entidades de Medicina Prepaga dentro de la actividad aseguradora regulada por la Ley N° 20.091 y sus modificaciones, especialmente en lo que hace a los requisitos de solvencia del sistema y a su control. Estará integrada por el Ministerio de Salud, de Economía, de Trabajo, la Superintendencia de Servicios de Salud y la Superintendencia de Seguros de la Nación.
El Estado Nacional, a través del Ministerio de Salud, tiene el legítimo rol de rector del sistema de salud argentino en su totalidad, y por lo tanto tiene la facultad de trabajar para minimizar el impacto de la inflación en el aumento de las prestaciones de salud a aquellas y aquellos ciudadanos que optan por el sector de la medicina prepaga. Por eso se trabajó en conjunto con todas las áreas del Estado para definir un nuevo tope en los aumentos de las cuotas de medicina prepaga para aquellos trabajadores y trabajadoras cuyo salario no excede los seis salarios mínimos. La pandemia generó una amenaza que puede ser transformada en oportunidad de integración del sistema para poder hacer efectivo el derecho de un acceso a la salud de calidad para todas y todos.















