El Gobierno nacional reglamentó este lunes una serie de beneficios para empleadores en el marco del programa Puente al Empleo, diseñado para fomentar la contratación formal de personas que hoy perciben asignaciones sociales.

La medida fue establecida a través de la Resolución General Conjunta 5751/2025, firmada por la Secretaría de Trabajo, Empleo y Seguridad Social y la Agencia de Recaudación y Control Aduanero (ARCA), y publicada en el Boletín Oficial.
El programa, prorrogado por la administración de Javier Milei hasta el 31 de diciembre de 2026 (Decreto 1085/2024), busca transformar programas sociales, educativos y de empleo en trabajo registrado de calidad, promoviendo también la inclusión social plena de personas en situación de vulnerabilidad económica.
Beneficios para los empleadores
Según la resolución, los empleadores del sector privado que incorporen nuevos trabajadores provenientes de programas sociales, educativos o de empleo entre el 1 de octubre de 2024 y el 31 de diciembre de 2026, podrán acceder a una reducción de las contribuciones patronales (SIPA, INSSJP, FNE y RNAF) de entre 50% y 100%, según la modalidad de contratación, durante un máximo de 12 meses.
Sin embargo, quedan fuera del beneficio aquellos empleadores que:
No incrementen su nómina laboral en los términos establecidos por la Resolución Conjunta N° 1/25 del Ministerio de Capital Humano y el Ministerio de Economía.
Aparezcan en el Registro Público de Empleadores con Sanciones Laborales (REPSAL) mientras permanezcan en él.
Realicen prácticas abusivas, como reemplazo de personal, despidos encubiertos o la creación de nuevas figuras legales para acceder al beneficio.
La normativa también aclara que cada empleador podrá utilizar los beneficios una sola vez por trabajador, y que no serán aplicables a quienes ya tengan un empleo registrado
Con información d El Cronista















