La ministra de Ambiente y Cambio Climático, María Inés Zigarán, anunció que se publicará un decreto de emergencia que dispondrá un incremento del precio de la multa que se les aplica a las personas que inician quema no autorizada.

Jujuy sigue en vilo por los incendios forestales que se produjeron en la provincia. La ministra de Ambiente y Cambio Climático, María Inés Zigarán anunció que se publicará un decreto de emergencia en la que se incrementará el valor de la multa que se les aplica a las personas que provocan incendios forestales no autorizados.
Más de un centenar de bomberos voluntarios y brigadistas siguen trabajando contrarreloj para tratar de extinguir el incendio forestal que se desató el pasado fin de semana en la zona de las Yungas y que ya consumió más de 6.000 hectáreas. “La lucha contra el fuego llevará varias semanas más, por las condiciones climáticas y por la dispersión de los focos”, señaló el gobernador jujeño, Gerardo Morales.
“El incendio de las Yungas fue intencional”, indicó María Inés Zigarán y aseguró que se encuentran en la búsqueda de los responsables. “El incendio que se produjo en Yuto se complicó por las condiciones climáticas. La zona que está siendo afectada ya habría sufrido muchos incendios forestales en 2020 por lo que el material fino es mucho más propenso a incendiarse", explicó la Ministra.

En las quemas de pastizales que se confirman que fueron intencionales, interviene el Ministerio de Ambiente. “Realizamos sumarios y procedimientos administrativos según la Ley 5018 de Incendios Forestales que también establece multas”, remarcó Zigarán y confirmó que el gobernador Gerardo Morales, publicará un decreto de emergencia en donde se comunicará el nuevo valor de las multas.
“Los fondos que se obtengan estarán destinados a la restauración de áreas incendiadas”, precisó detallando que «los culpables deben asumir las consecuencias”.
Las sanciones económicas ascienden a aproximadamente 75 mil pesos, 30 días de trabajo comunitario o arresto de 12 días con la posibilidad de agravar las penas al doble cuando el hecho se produce en momentos que el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático determina que existen más riesgos.
LEY 5018 – ARTÍCULO 21
Los valores actuales de las multas:
a) Las faltas “Leves” podrán ser sancionadas con apercibimiento por única vez, y Multas como mínimo se fija en una suma de dinero equivalente a Mil Doscientos (1200) litros de nafta súper.
b) Las “Graves” con Multas de como mínimo se fija en una suma de dinero equivalente a Dos Mil (2000) litros de nafta súper.
c) Y las “Muy Graves” con Multas que pueden ascender hasta como mínimo se fija en una suma de dinero equivalente a Cinco Mil (5000) litros de nafta súper.
- REINCIDENCIA: Multa como mínimo se fija en una suma de dinero equivalente a Siete Mil (7000) litros de nafta súper.















