Mientras llegan las facturas de abril con un ajuste del 2,36%, el Gobierno dispuso que en mayo habrá un nuevo alza del 4,76%. Las empresas ya comenzaron a informarles a los afiliados el incremento. Cómo es el trámite para que se aplique un porcentaje más bajo.

Los afiliados a las prepagas están recibiendo en estos días sus facturas de abril con un incremento del 2,36%. Pero habrá más aumentos en los planes de medicina privada, según dispuso el Gobierno.
En mayo, se aplicará en las cuotas una suba del 4,76% como regla general. Quienes hayan tenido en marzo ingresos inferiores a los $ 417.000 y hagan una declaración jurada podrán acceder a un ajuste inferior, del 3,43% Ese monto de ingresos equivale al resultado de multiplicar por seis el salario mínimo, vital y móvil (actualmente, de $ 69.500).
Los datos que permiten conocer qué aumentos llegarán en mayo fueron publicados por la Superintendencia de Servicios de Salud en su página web oficial. Con el nuevo reajuste de las cuotas en el quinto mes del año, la suba acumulada en los primeros cinco meses de 2023 llegará a 33,5%, en los casos en que se aplica de manera plena el porcentaje determinado por un índice de costos de salud elaborado por el Gobierno.
Para quienes se vieron alcanzados en las cuotas de febrero y marzo y se verán alcanzados en la de mayo por el tope a los aumentos que establece la normativa, ese índice será del 24,7%. Puede haber también situaciones en las cuales el porcentaje de incremento acumulado es diferente, porque se pudo acceder al tope en algún mes o en algunos meses, pero no en todos en los que estuvo vigente la tarifa diferencial.

En lo referido a la cuota de mayo, el 4,76% refleja el aumento que registró en febrero un índice de costos de salud que elabora y publica la Superintendencia de Servicios de Salud. Este indicador se usa desde mediados de 2022 como parámetro para definir los reajustes de precios.
Mientras que para la segunda mitad del año pasado se previeron subas bimestrales, ahora la frecuencia de los incrementos es mensual. El 3,43%, que actúa como tope de aumento al que pueden acceder -siempre que hagan una declaración jurada- quienes tuvieron ingresos no superiores a seis veces el salario mínimo, equivale al 90% de la variación que tuvo en enero la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (Ripte).
En lo que va de 2023, los aumentos determinados fueron los siguientes: 6,9% en enero (para todos por igual, ya que en ese momento no regía el mecanismo del tope según el índice Ripte); 8,21% en febrero (con tope de 4,91%); 7,66% en marzo (con tope de 5,04%); 2,36% en abril (para todos por igual, porque el tope resultó superior a la suba del índice de costos de salud), y 4,76% en mayo (con tope de 3,43%, como se informó en los párrafos anteriores)
El paso a paso del trámite
Este 1° de abril, según lo dispuesto por las regulaciones, deberá quedar habilitado nuevamente el trámite de la declaración jurada de ingresos para los precios de mayo. De acuerdo al informe presentado en el Congreso esta semana por el jefe de Gabinete, Agustín Rossi, para las cuotas del segundo mes de 2023 hubo 351.303 declaraciones juradas de solicitud de aplicación de la suba más reducida, mientras que para las facturas de marzo hubo 336.953 formularios completados.
La normativa establece explícitamente que no pueden hacerse declaraciones de manera retroactiva. Es decir, si en un mes no se completó la declaración aun cumpliéndose los requisitos para pedir el tope, se pierde el derecho de reducir el aumento por ese período en particular (sí podrá completarse el trámite por meses posteriores en caso de que se den las condiciones).
Para dejar constancia de que se reciben ingresos inferiores a los seis salarios mínimos debe completarse, entre los días 1° y 20 de cada mes, la “Declaración Jurada para Usuarios de Prepagas”. Para acceder al formulario se debe habilitar, en primer lugar, el servicio interactivo Mi SSSalud en la página www.afip.gob.ar.
Hacer esa habilitación requiere, en primer lugar, ingresar con clave fiscal a la página de la AFIP e ir, entre las opciones que están bajo el título “Mis Servicios”, a “Administrador de Relaciones de Clave Fiscal”. Entonces, se desplegará un listado de organismos estatales, y se debe clikear en el logo de la Superintendencia de Servicios de Salud. Entre las opciones, hay que elegir Mi SSSalud.

Luego, confirmar la adhesión, desloguearse y volver a entrar con clave fiscal a la página de la AFIP, para chequear que el servicio haya quedado incorporado. Una vez hecho eso, se podrá ingresar desde la página https://www.sssalud.gob.ar/misssalud/ (se pide clave fiscal) a los servicios interactivos de la Superintendencia, entre los que se debe elegir el correspondiente a la declaración jurada de ingresos.
También se puede acceder desde la propia página de la AFIP, clickeando en la opción “Mi SSSalud” que -si previamente se hizo el ya mencionado trámite de habilitación ya explicado- aparecerá entre los títulos de “Mis servicios”.
En el formulario, el primer dato que se pide es el de la prepaga a la cual la persona está afiliada. Hay que seleccionar la opción correcta en el listado, ingresando el número de CUIT de la entidad o escribiendo las primeras letras de la denominación.
Luego, hay que clikear la opción “Sí” en dos enunciados: “Declaro que poseo ingresos inferiores a seis salarios mínimos, vitales y móviles” y “Autorizo a la Superintendencia de Servicios de Salud a validar los datos ingresados con otros organismos”.
Después de eso, clikear para confirmar lo declarado y, finalmente, ir a la opción “Volver”, que abrirá una pantalla en la que se visualizarán las declaraciones que hayan sido presentadas en diferentes meses. Allí, finaliza el trámite.















