La iniciativa fue aprobada por el Concejo Deliberante, y sería promulgada la semana próxima por el Ejecutivo Municipal. La nueva norma contempla un Programa de Beneficios para Contribuyentes Cumplidores.

Los concejales de Salta Capital aprobaron una ordenanza que establece un régimen especial y transitorio de regularización y pago de tributos, intereses, recargos, multas, sanciones y/o demás obligaciones, cuyo vencimiento haya ocurrido antes del 31 de mayo de 2024 y cuya recaudación se encuentre a cargo de la Municipalidad de Salta. También la norma contempla un Programa de Beneficios para el Contribuyente Cumplidor.
En ese sentido, se beneficiarán de reducciones en los intereses de financiación en los planes de facilidades de pago, así como en los recargos y/o multas, accesorios a una deuda principal, estén estas firmes o no, conforme a lo dispuesto en los artículos 49, 50 y 51 del citado cuerpo normativo.
La iniciativa, surgida del Ejecutivo Municipal, reproduce en esencia el plan de regularización elaborado por el Gobierno Provincial, y que la semana pasada quedó convertido en ley por la Legislatura.
Durante el debate en el recinto del Concejo Deliberante, el miembro informante, Gonzalo Corral, detalló que el régimen "es un programa al cual todos aquellos que hayan caído en mora y tengan deudas con la Municipalidad podrán adherirse".

Y reflexionó que "con buen criterio, el municipio toma conciencia de la realidad". "No se trata solo de mantener un déficit cero o de cumplir con tareas como la reparación de baches o la pavimentación, sino también de tener en cuenta la situación de nuestros contribuyentes. Se considera la realidad económica y financiera que hemos vivido en 2023 y 2024, y se hace un gesto positivo al ofrecer a quienes se encuentran en deuda la posibilidad de regularizar su situación", consideró.
Con excepciones, incluye las multas de tránsito
En relación a las obligaciones no tributarias se consigna que podrán regularizarse las multas por infracciones de tránsito, ambientales y servicios públicos, de control comercial, de obras, espacios públicos y protección ciudadana.
No podrán acceder al régimen las multas o infracciones de tránsito que se detallan a continuación: conducir con alcohol en sangre; conducir bajo los efectos de estupefacientes; no respetar las indicaciones de las luces de semáforos; exceder los límites de velocidad permitidos; fiestas clandestinas; conducir utilizando auriculares o dispositivos móviles de operación manual continua que obstaculice e impida el manejo seguro.
Quienes se adhieran al régimen gozarán de reducciones en los mínimos legales por infracción, así como en los intereses de financiación en los planes de facilidades de pago. Las condiciones varían según la forma de pago.
Para quienes opten por el pago al contado, se aplicará una reducción del 50% en el mínimo legal, sin intereses de financiación. En los planes de facilidad de pago, para plazos de 2 a 6 pagos, la reducción será del 30%, con un interés mensual de financiación del 1,50%. Para aquellos que elijan entre 7 y 12 pagos, la reducción será del 25%, con un interés mensual de financiación del 2,50%.















