El Tribunal Oral Federal que entiende en la causa en la que está procesada la diputada Milagro Sala como instigadora de los daños agravados y amenazas en contra del senador nacional Gerardo Morales y los auditores generales de la nación Alejandro Nieva y Leandro Despuoy resolvió este viernes “no hacer lugar a la suspensión del juicio a prueba” -probation- solicitado por la defensa de los imputados Milagro Sala, Gustavo Salvatierra y Graciela López.
Milagro Sala, López y Salvatierra deberán sentarse en el banquillo de los acusados por los delitos de daño agravado y amenazas cometidos en 2009, durante una conferencia que se desarrollaba en el Consejo Profesional de Ciencias Económicas, con la presencia del senador nacional Gerardo Morales, los Auditores de la Nación Leandro Despouy y Alejandro Nieva, entre otros funcionarios.
El tribunal habilitó el camino hacia el juicio oral y público, por lo que debería fijarse próximamente la fecha del inicio del proceso que juzgará a la diputada Milagro Sala por los delitos que se le imputan, por los que podría llegar a ser condenada hasta 6 de años de prisión.
Los abogados de la querella del senador Morales, Luciano Rivas y Gastón Morales, en una rueda de prensa que convocaro tan pronto se dio a conocer el fallo por parte del tribunal, expresaron su satisfacción por lo resuelto por la Justicia, hecho que representa un nuevo revés judicial para Milagro Sala y una oportunidad para ponerle fin a la impunidad y a la violencia en Jujuy.
De acuerdo con los especialistas consultados por NOTINOR.COM, a la diputada procesada le queda abierta la posibilidad de apelar la resolución judicial ante la Cámara Federal de Casación Penal una vez que se den a conocer los fundamentos de la denegatoria del beneficio procesal que pidió Milagro Sala para evadir el juicio reconociendo la culpa.
Sin embargo la querella en reperesentación del senador Morales, los doctores Rivas y Morales -hijo del senador-, señalaron que frente a esta resolución, no corresponde apelación alguna, toda vez que para que ello ocurra es necesario que “se haya causado un gravamen o que la resolución tenga efecto de sentencia definitiva”. Por ello indicaron que cualquier interposición de recursos por parte de la defensa de los procesados, sólo constituirá una obstrucción deliberada a la continuidad del proceso, “una chicana”, explicaron.
Asimismo, los querellantes que representan a Gerardo Morales criticaron el ofrecimiento de trabajo comunitario –que contaba con la anuencia de Wascar Alderete, funcionario de la administración de Eduardo Fellner– por ser “un planteo en abstracto, impreciso, poco claro”. Y señalaron la “incapacidad” de los procesados para cumplir el trabajo que ofrecían para resarcir los daños provocados en 2009.
Los querellantes recordaron los fundamentos por los cuales la suspensión del juicio y el trabajo comunitario ofrecido (probation) resultaban inadmisibles y expresaron que la resolución del Tribunal constituye un avance hacia la administración de justicia para ponerle límites a una cultura de la violencia que amenaza el sistema democrático.
También volvieron a objetar la conducta del fiscal Snopek, miembro de Justicia Legítima y recordaron que el 23 de abril llegó junto con la movilización organizada por la Tupac Amaru en lo que constituyó una clara presión hacia el Poder Judicial. Snopek, quien agravió la investidura que corresponde a un representante del Ministerio Público Fiscal, “actúo más como un defensor que como fiscal, haciendo afirmaciones arbitrarias para favorecer el pedido de probation”, dijeron.















