El organismo de recaudación está reintegrando los importes retenidos en 2021 a quienes adquirieron moneda extranjera o bienes y servicios en el exterior y no pagan Ganancias ni Bienes Personales. Las cifras no tienen actualización, pese a la alta inflación. El cronograma previsto para las devoluciones.

Los montos de dinero que la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP) devuelve en estos días, tras habérselos retenido durante 2021 a quienes compraron moneda extranjera o hicieron compras de bienes o servicios en el exterior, perdieron hasta un 56% de su valor en términos reales. Es decir, por efecto de la inflación, esos importes se deterioraron en tal magnitud que ahora sirven para comprar, según el caso, entre un 44% y un 64% de lo que podía adquirirse cuando se hizo la operación que originó la percepción a favor del Estado.
Las devoluciones que se concretan en estos meses están referidas, concretamente, al 35% de recargo que tuvieron el año pasado las compras del llamado dólar ahorro (por parte de quienes pudieron acceder al mercado oficial de cambios, ya que regían y rigen varias restricciones), y también las operaciones de adquisición de bienes o servicios a proveedores del exterior que fueron pagadas con tarjetas.
Días atrás, el organismo de recaudación de impuestos difundió el cronograma que regirá para el reintegro del dinero a las personas que no están alcanzadas ni por Ganancias ni por Bienes Personales, los dos impuestos para los cuales esa percepción se toma a cuenta. La devolución se hace a valor nominal, sin actualización alguna, pese a que la inflación acumuló, a agosto pasado, un 78,5% interanual, según informó el miércoles último el Indec. Por esa razón, los importes involucrados sufrieron una fuerte pérdida de poder adquisitivo.

En el caso de quienes sufrieron la percepción del 35% en enero de 2021, la caída de valor medida en términos reales es de 56%, si se tiene en cuenta la variación del Índice de Precios al Consumidor desde el mes siguiente (febrero de 2021) y hasta agosto de este año. Esas personas podrán comprar, con lo que les sea reintegrado, el 44% de lo que podían adquirir a principios de 2021.
Si la operación había sido realizada en abril del año pasado, entonces el monto devuelto vale alrededor de 50% de lo que valía en aquel entonces. En el supuesto de haberse hecho la operación de compra de dólares o de bienes en el extranjero en septiembre, es decir, justo un año atrás, lo devuelto servirá para adquirir un 58% de lo que podía comprarse en ese momento.
Si los gastos y las percepciones ocurrieron ya durante 2022, se deberá esperar hasta 2023 para conseguir el reintegro. Aunque con diferencias en cuanto a los meses en que se logra recuperar el dinero, lo mismo ocurre con quienes pagan Ganancias o Bienes Personales, porque la compensación por los montos de las percepciones se efectiviza en el momento de la liquidación anual de esos tributos, que será, en el caso del ejercicio fiscal 2022, en 2023 .
En el Gobierno no se evalúa ni agilizar las devoluciones, ni actualizar los importes. “Desde el Ministerio de Economía no se están evaluando por el momento cambios en el régimen consultado”, puede leerse en el informe que presentó el miércoles último el jefe de Gabinete del gobierno nacional, Juan Manzur, en el Congreso y en respuesta a una consulta referida a una eventual compensación, en estos casos, de cara a la erosión de los pesos.















