La Anmat prohibió una marca de azúcar que tenía “objetos extraños” en sus envases. Tomó la medida luego de la denuncia de un consumidor. También prohibió un producto estético. Cuáles son

La Administración Nacional de Medicamentos, Alimentos y Tecnología Médica (ANMAT) resolvió prohibir la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio argentino de una marca de azúcar en la que encontraron “piedras y otros objetos extraños”. La medida quedó confirmada a través de la Disposición 6478/2022 del Boletín Oficial, publicada este miércoles con la firma del farmacéutico Manuel Limeres, titular de aquel organismo.
Se trata del “Azúcar común tipo A. Marca: Don Pedro – Peso neto: 1kg – Lote N° 009 – Envasado 2022 – Consumir pref. Antes de 2024 – Fraccionado por Establecimientos Don Pedro, San Martín, Buenos Aires – RNE N°23000981 – RNPA N° 23075071 – Procedencia: Ingenios Tucumanos”, y las actuaciones “se iniciaron a raíz del reclamo de un particular”. En esa investigación, se llegó a la conclusión de que el lugar donde según el rótulo del envase se realizaba el fraccionamiento “es inexistente”. Se determinó que “carece de registros sanitarios, resultando ser un producto ilegal”.

Las acciones comenzaron a partir de la queja presentada por un cliente, quien elevó una nota al organismo. Allí expuso que había encontrado “piedras y objetos extraños”. La presentación activó una serie de chequeos y consultas con distintos organismos.
Según la información suministrada en los paquetes, el azúcar Don Pedro proviene de ingenios localizados en la provincia de Tucumán y la materia prima es fraccionada en los establecimientos “Don Pedro”, en el partido bonaerense de San Martín. No obstante, las autoridades regulatorias de ambas provincias señalaron que no tienen datos alusivos a la firma.
Al quedar en evidencia la falta de registros sanitarios, la Anmat fundamentó la necesidad de prohibición. “A fin proteger la salud de los ciudadanos ante el consumo de productos ilegales, toda vez que se trate de productos alimenticios que carecen de registros, motivo por el cual no pueden garantizarse su trazabilidad, sus condiciones de elaboración, su calidad con adecuados niveles de control bajo las condiciones establecidas por la normativa vigente y su inocuidad”, detalló.
Recientemente, la Anmat dispuso la prohibición de dos marcas de aceite de oliva y un aceto balsámico por tratarse de productos ilegales. De ese modo quedó prohibida la elaboración, el fraccionamiento y la comercialización en todo el territorio nacional de los productos Aceite de oliva extra virgen-Primera prensión en frío y Aceto Balsámico, ambos de marca San Juan, elaborados y envasados por Campo de Olivos S.A. en cualquier presentación, lote y fecha de vencimiento, por carecer de registros sanitarios y estar falsamente rotulados.















