“Son 2 terrenos grandes, bien amplios; estos terrenos en ese momento se lo dan a 3.500 pesos cada uno. La Ordenanza muy clara decía que si al cabo de un año no se pagaba el dinero convenido, esos terrenos volvían al Estado Municipal. Ocho años después, sin haberse pagado un peso, el ex Intendente Marcelo Llanos hace una compensación supuesta de deuda con el hijo del dueño del terreno en ese momento Funcionario Municipal, no recuerdo el cargo que ocupaba el hoy Concejal Rodríguez en ese momento, y le compensa por honorarios profesionales”, consideró el Concejal Enrique D’Aloia (FPV).
¿Cuál es el fundamento de la denuncia penal? “Primero que no podría haber compensado una deuda cuando la Ordenanza ya había caído y la venta del terreno ya era inexistente, no tiene fundamento, el terreno ya era municipal. O sea, que la Ordenanza no tenía vigencia. Segundo: de haberse hecho con buena fe, debería haberse cobrado el precio de plaza, ese era uno de los artículos de la Ordenanza que decía que si no se pagaba en el momento en el cual se había estipulado, la venta de volver a realizarse era a precio de plaza. El precio de plaza en ese momento era aproximadamente de 400 mil pesos los dos terrenos, y se los compenso por 7 mil. Tercero: esa compensación no correspondía de acuerdo a la denuncia penal, que realiza el Intendente por la investidura de Funcionario Público de la persona a la cual se le compensa una deuda que era por honorarios. Y la Carta Orgánica nuestra es clara donde dice que ningún Funcionario con cargo, en este caso el Abogado Rodríguez, no le podía facturar honorarios el Municipio, o sea, que tampoco está encuadrado dentro de la Ley”, añadió el Concejal D’Aloia.
En éste sentido, D’Aloia consideró: “Hay una serie de delitos aparentemente, porque si estos son delitos o no, los tiene que dictaminar un Juez. Pero los delitos por los que se lo denuncia son delito de peculado básicamente, sería que hay una violación expresa de disposiciones descontitucionales de parte del Ex Intendente, que conforme a la Carta Magna los bienes del estado deben ser enajenados o vendidos por subasta pública, algo que aquí no pasó. Segundo delito que se denuncia, es sobre las negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública. El pago de honorarios jamás podría haber exigido al Estado Municipal, porque encuadra dentro de la figura penal de delito de negociaciones incompatibles con el ejercicio de la función pública. Porque este abogado era en ese momento Funcionario Público. Y el tercer delito es la violación de normas éticas de parte de los denunciados, porque se ha quedado teóricamente de acuerdo a la denuncia que va a presunciones con terrenos que son municipales. Y el ex Intendente porque cedió terrenos que no debería haber cedido en esas condiciones, por eso es que se denuncia también como estafa”.
“Y después el último, que es el delito de omisión de los deberes de Funcionarios Público. El ex Intendente porque tenía la potestad y deber de administrar con facultades, para disponer algunos de los bienes del Estado y en consecuencia cometió el ilícito como administrador; en tanto que el que compra, en este caso el Concejal Rodríguez, debía la obligación del cuidado de los bienes por haber sido Funcionario Público”.
En tanto, el Concejal Enrique D’Aloia concluyó: “Todas estas cosas encuadran en una cantidad de delitos penales que están presentados a la Justicia, yo no sé como irá a fallar la Justicia en este caso, pero la denuncia está hecha, se presento una copia de la denuncia aquí en el Concejo y nosotros lo hemos dejado en Asuntos Especiales porque tenemos que ver como se expide la Justicia”.















