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Home ACTUALIDAD

Una constitución a la altura de la época

15/09/2022
in ACTUALIDAD, EDITORIAL
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El gobernador de Jujuy, Gerardo Morales, tomó la decisión política de enviar un proyecto de reforma constitucional que aggiorne nuestra actual Carta Magna provincial, que data de 1986.

De esta manera, se daría cumplimiento al mandato expreso de la constitución de ese año -que replicó la norma original de 1853-, por el que se establece la supremacía de la Constitución Nacional sobre la constitución y leyes provinciales. 

La iniciativa viene a subsanar una deuda pendiente desde 1994, cuando se reformó por última vez el texto constitucional nacional, que incorporó tratados internacionales y reconoció derechos y a los pueblos originarios como pre-existentes.

Según expuso el Gobernador en el anuncio, la enmienda del articulado del viejo ordenamiento de 1986 tiene el fin no solo de a adecuarlo a la ley suprema nacional vigente, sino también de incorporar y reconocer derechos, reglamentar cuestiones que hacen al pacto social de convivencia y establecer un necesario límite a las reelecciones, que tanto mal le hacen a la vida democrática.

Entre las incorporaciones necesarias para una constitución adaptada a este siglo, se hacía necesario dotar de rango constitucional a temas como la igualdad de género y la diversidad. Si bien tanto a nivel nacional como provincial se han sancionado leyes al respecto y creado organismos, la inclusión constitucional es un reconocimiento que pone a la nuestra Carta Magna a la vanguardia.

La iniciativa viene a subsanar una deuda pendiente desde 1994, cuando se reformó por última vez el texto constitucional nacional

En igual sentido, sancionar el maltrato animal y dotar de jerarquía constitucional a la protección y cuidado de los animales no solo implica un avance significativo en la concepción de derechos de los seres vivos, sino una nueva dimensión y paradigma sobre los deberes de las personas, de la sociedad y del Estado. Se trata además de una demanda de larga data.

Una constitución para este siglo debe tener en cuenta los desafíos que representan la era tecnológica y los derechos que nacen a consecuencia de ella para garantizar la conectividad y la inclusión digital. Incorporar estos conceptos al texto constitucional es hacer de la ampliación de derechos más que un slogan.

Mediante la creación del Consejo de la Magistratura como organismo encargado de la selección y remoción de jueces inferiores, y el establecimiento de un sistema de evaluación periódica y capacitación obligatorias para miembros del Poder Judicial, se consagra la independencia de este poder del Estado y se garantiza a la ciudadanía un servicio de administración de Justicia de calidad y eficiencia.

A su vez, al incorporar la obligación del Estado a combatir el cambio climático, se toma un compromiso con la causa del medioambiente, estableciendo las bases para la explotación y actividad económica sustentable, derechos de la sociedad presente y futura.

Un avance relevante en materia de legislación penal es la prohibición de indultar a personas que hayan incurrido en delitos contra el Estado. Quizás podrían agregarse también al texto algunos puntos que quedaron reflejados en la Ley de Ficha Limpia. Se trata de una enmienda que hace a la calidad institucional.

La reglamentación del derecho a la protesta con estándares de las Naciones Unidas y la prohibición de cortes de ruta y usurpaciones de tierras viene a poner punto final a una discusión estéril: la colisión de derechos. Sin criminalizarlos, se les dota de carácter constitucional, pero también se establecen los límites necesarios para que no se superpongan con otros derechos de igual jerarquía. 

Es una manera de brindar protección jurídica constitucional al pacto social de convivencia al que todos los habitantes estamos sujetos. Una deuda pendiente que quedará también para una eventual reforma constitucional a nivel nacional.

Lo mismo puede decirse de la limitación de los mandatos de intendentes, diputados y concejales. El texto constitucional de 1986 ya establecía un límite para la reelección del gobernador. Y si bien el derecho político de elegir o ser elegido es humano, las reelecciones indefinidas se convirtieron en una real perversión de la democracia al permitir ocupancias casi vitalicias, que obstaculizan la renovación y el acceso a los cargos públicos, y que convirtieron al principio republicano de alternancia una quimera.

Debería haber reformas periódicamente, quizás cada 10 o 15 años, para ser un espejo de la dinámica social y reflejar mejor las necesidades de la sociedad.

Si bien el gobernador aclaró que la reforma constitucional no habilitaría un tercer mandato, quizás en este último punto sería una buena idea agregar una cláusula transitoria que, de forma expresa e inequívoca, establezca que, de aprobarse el nuevo texto constitucional, los límites aplican también los mandatos en curso o a cumplirse, evitando de esta manera suspicacias y discusiones bizantinas que terminan por socavar la credibilidad institucional. 

Seguramente algunos pegarán gritos al cielo invocando una serie de argumentos oportunistas o realizando críticas destructivas que, como siempre no aportarán nada, dejando en evidencia el desinterés por contar con una legislación suprema acorde a la época y el compromiso con temas de relevancia que la ciudadanía está necesitando y por los que se ha venido bregando desde distintos ámbitos.

El nuevo texto propuesto viene a garantizar una mejor calidad institucional y democrática al pueblo jujeño en su conjunto, y a incorporar cuestiones insoslayables. No deberían existir constituciones pétreas, sino que deberían ser reformadas periódicamente, quizás cada 10 o 15 años, para ser un espejo de la dinámica social y reflejar mejor las necesidades de la sociedad.

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