La semana pasada, una sentencia del Tribunal Europeo de Derechos Humanos asentaba las bases sobre el derecho de las empresas a controlar las comunicaciones privadas de sus trabajadores durante la jornada laboral. Las leyes se están adaptando a los nuevos conflictos que tienen lugar en los espacios digitales y, en esta ocasión, los jueces se han pronunciado sobre un hombre que espiaba a su expareja con una aplicación móvil.
El acusado, de nombre L.J.M.D, ha sido condenado a dos años de prisión por un delito de descubrimiento y revelación de secretos. Según la sentencia, instaló Cerberus en el smartphone de su expareja, con la que cesó su relación en agosto del 2012, para obtener toda clase de información íntima. Después, al darse de alta en la versión web de esta aplicación, pudo “mantener controlado y vigilado el terminal”.
Los expertos ya han advertido que este tipo de infracciones se están multiplicando con la aparición de aplicaciones que facilitan el rastreo y la localización de los terminales. En este sentido, estas sentencias representan un aviso contundente para todos aquellos que estén controlando los dispositivos o las redes sociales de sus parejas.















