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Home POLÍTICA

Ley del Arrepentido: ¿Es justo y legítimo premiar la delación?

16/11/2017
in POLÍTICA
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Por Benjamín Urdemales || Un intenso contrapunto de posiciones de dio ayer en la Legislatura por el proyecto de modificación del Código Procesal Penal para adherir a la ley nacional del arrepentido.

Se trata de una herramienta que permitirá a la Justicia y a la Oficina Anticorrupción avanzar en casos de corrupción, alentando a acusados o condenados a brindar información precisa y verosímil que permitan avances reales en las investigaciones judiciales.

BENJAMIN-URDEMALES
El analista del mayor y más agudo olfato político

La figura de arrepentido ya existía en el ordenamiento jurídico nacional para algunos delitos, entre ellos, las denuncias por narcotráfico, el lavado de activos de origen ilícito, terrorismo, trata de personas y secuestros extorsivos.

Con la incorporación de la figura al Código Procesal Provincial se amplía el espectro de aplicación y ahora sirve para los delitos de asociación ilícita, prostitución y corrupción de menores, delitos contra el orden económico y financiero, y actos de corrupción de los funcionarios públicos; delitos considerados complejos y que son de dificultosa comprobación con las herramientas actuales.

Uno de los principales efectos que tiene esta herramienta para el que decide acogerse a ella, es la reducción de pena.  Para acceder a ese beneficio, el arrepentido tendrá que suministrar información sobre personas de igual o mayor jerarquía implicados en la supuesta organización criminal, o sobre delitos más graves, o de igual gravedad, que aquellos en los que esté involucrado.

Cabe destacar que la merma del castigo será de un tercio del mínimo establecido en la escala penal y de la mitad del máximo de la pena establecida en la escala penal. En los casos de delitos con penas de prisión perpetua, se podrá reducir a 15 años de prisión.  Dicha reducción no es aplicable a la inhabilitación, multa o decomiso.

Al beneficio pueden acceder, sobre todo, quienes ya hayan sido condenados.  La ley excluye a los imputados por delitos de lesa humanidad y los funcionarios públicos que, según la Constitución Nacional, deban ser removidos a través de juicio político.

La figura puede aplicarse únicamente a las causas que se encuentren en trámite, es decir no están incluidas las "causas por iniciar".

Cabe resaltar que en ningún caso habrá eliminación total de la pena, sino solo una reducción.

DISCUSIÓN

Entre los argumentos a favor se dijo, en más de una oportunidad, que se trata de una herramienta que rompe con la cadena de complicidades, que quiebra el vínculo o deber de silencio que se juramentan los criminales.

Cumple una función psicológica sobre el delincuente, especialmente sobre los funcionarios públicos, ya que es un constante recordatorio de que aquel con quien hoy se hace un negociado mañana puede convertirse en delator.

Pero en la contracara está aquello de que con este instrumento lo que se hace es premiar a un delincuente e institucionalizar la delación o traición.  En los casos de negociados, es un premio adicional para alguien que ya obtuvo un beneficio al participar en el acto ilícito.  Aclaro que no estoy diciendo que la lealtad entre delincuentes sea una virtud loable que merezca ser protegida o preservada.

Reducirle la condena a un delincuente arrepentido para que traicione o delate a su cómplice o co-participe, no parece perseguir Justicia sino una venganza de parte del Estado que está dispuesto a ceder en el correspondiente, justo y condigno castigo que merece un delincuente por sus crímenes o fechorías, solo porque colabora o asiste en la investigación contra otro.

Y esto es así sobre todo porque, según la ley, el juez no puede condenar solo en base al testimonio o prueba que aporte el arrepentido.  En muchos casos, entonces, podría servir para agravar la situación del investigado o procesado.

La ley también establece que el delito delatado debe ser igual o mayor que aquel por el cual el arrepentido está condenado o bajo investigación.  Sin embargo no deja de ser un premio... un premio a la delación.

La ley del arrepentido ha dado grandes resultados en otros países, como Estados Unidos y Brasil , donde ha demostrado ser una herramienta eficaz en la lucha contra la corrupción y el crimen organizado.

El amigo y ex socio del vicepresidente Amado Boudou, Alejandro Vanderbroele se acogió en estos días al beneficio.  En nuestra provincia Mabel Balconte, hoy diputada provincial del FUyO, fue quizás la primer jujeña en delatar circunstancias de delitos que se encuentran bajo investigación, señalando a Milagro Sala, Máximo Kirchner, Julio De Vido, y otros; aunque siempre aclaró que no se estaba acogiendo al beneficio de la ley del arrepentido.

arrepentidos

En nuestra provincia la corrupción K y tupaquera están bajo la lupa.  Si bien existe un clamor generalizado por la transparencia y por el esclarecimiento de estos casos, no es menos cierto que se busca incentivar a quienes participaron de alguna manera en los ilícitos, o quienes hoy se ven salpicados en esas circunstancias, a dar el paso adelante y colaborar con la Justicia.

Sin embargo no dejan de surgir interrogantes ¿Es justo o legítimo premiar a un delincuente que tiene igual responsabilidad para que delate a otro? ¿Se está realmente buscando Justicia, o se busca asegurar la venganza? ¿Cabe la posibilidad de que en nuestra provincia se esté preparando el terreno para proteger o beneficiar a alguno, o a algunos, con esta apresurada pero necesaria adhesión a la ley nacional del arrepentido?

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