El retorno a las actividades se hará de manera progresiva. Los plazos procesales se reanudarán recién el 14 de septiembre.

El Superior Tribunal de Justicia dispuso el restablecimiento progresivo de la actividad del Poder Judicial a partir de mañana, miércoles 2 de septiembre. La medida se toma atendiendo a la función esencial del Estado de derecho, cumpliendo con las medidas sanitarias y habilitando las modalidades de trabajo presenciales o a distancia.
Con respecto a los plazos procesales, que se encontraban suspendidos, se reanudarán desde el día 14 de septiembre de 2020.
Las audiencias ya fijadas, y a fijarse en adelante, se reprogramarán para ser cumplidas en horario vespertino. Con excepción de las declaraciones testimoniales, los jueces podrán llevar adelante audiencias de conciliación y reuniones de trabajo a través de sistemas de video conferencias. Asimismo los jueces del fuero penal deberán reducir al mínimo posible los traslados de personas privadas de la libertad a los estrados judiciales.
Las partes podrán, de común acuerdo y con aprobación del juez, realizar actos que tengan por finalidad la prosecución del proceso. En ese orden, tendrán prioridad los actos procesales que permitan el avance de procesos de alimentos; habeas corpus, amparo por derechos fundamentales de las personas, y pedidos relativos a la libertad de procesados y condenados, como así también el libramiento de órdenes de pago de cualesquiera naturalezas.
En cuanto al horario de atención, se dispuso que sea transitoriamente de 8.30 a 12.30 horas para los profesionales y público en general. En tanto los jueces del Fuero Penal, de Violencia de Género y de Menores en turno, podrán extender los horarios de funcionamiento de acuerdo con los requerimientos del servicio y situación de las personas involucradas.
Además, continúa en marcha la digitalización de los procesos judiciales y las demás estrategias de modernización compatibles con lo dispuesto en Acordadas 73, 78 y 7 del presente año.
Por último, desde el Poder Judicial solicitaron a los abogados, procuradores y demás auxiliares de justicia; como así al público en general a concurrir a las oficinas del Poder Judicial solo para realizar actos urgentes e indispensables, entendiendo la situación sanitaria de la provincia.















