En la primera versión de la Ley Bases el tope de facturación de la escala mínima era de 5 millones de pesos y en la nueva, será de 3 millones. Qué frecuencia de actualización tendrá y qué otros impuestos contempla el proyecto

La segunda versión de la Ley Ómnibus, que el oficialismo buscará empujar nuevamente en el Congreso, contiene una actualización de las escalas del monotributo muy inferior a la que había ensayado el Gobierno en su primer intento.
En esa ocasión la facturación tope para la categoría mínima era de 5 millones de pesos anuales y en el texto enviado la semana pasada a los gobernadores esa cifra es de 3 millones de pesos.
De acuerdo a la iniciativa, las escalas de monotributo pasarían a ser, de acuerdo al paquete fiscal, de un máximo de ingresos de $3.000.000 anual (unos $250.000 mensuales) para la categoría más baja; para la categoría B un tope de $4.000.000 anuales ($333.333 mensuales); para la C un máximo de $5.500.000 por año ($458.333 mensuales); para la D un techo de $7.500.000 anuales ($625.000 por mes).
Para las categorías más altas las escalas quedarían: para la E con un ingreso anual máximo de $10.000.000 ($833.333 mensuales); para la F de $13.000.000 anuales ($1.083.333 por mes); para la G de $16.500.000 ($1.375.000 mensuales); y para la H, un tope de $20.500.000 ($1.708.333 mensuales).
Por otro lado, la ley determina que tendrán esos montos actualización trimestral.
“Los montos máximos de facturación, los montos de alquileres devengados y los importes del impuesto integrado a ingresar, correspondientes a cada categoría de pequeño contribuyente (…) se actualizarán trimestralmente a partir del mes de abril del año fiscal 2024, inclusive, por la variación anual del Índice de Precios al Consumidor (IPC)”, reza el artículo 52°.
En comparación con la primera versión de la Ley Bases, la actualización de los montos máximos de facturación anual de cada categoría fue marcadamente reducido.
Según estimaciones del economista de Romano Group Salvador Vitelli, se trata de un ajuste de 48% para la venta de bienes y de 41% para el caso de la vente de servicios.















