El Ministro de Trabajo de Jujuy, Gaspar Santillán, y el presidente de la Cámara de Tabaco de Jujuy, Pedro Pascuttini, mantuvieron un encuentro para fortalecer la estrategia de sumar trabajadores para el sector, sin que estos pierdan los planes sociales.

En primer lugar el Ministro de Trabajo, afirmó que se continúa el trabajo coordinado entre ambas instituciones, en relación al decreto nacional 514. "Creemos que está faltando información para los trabajadores del sector rural y a los empleadores en especial al decreto 514, que establece que se puede puede continuar recibiendo un beneficio nacional y que no se pierde cuando ingresa a trabajar en el tabaco".
En este sentido indicó que estas medidas contemplan beneficios impositivos para la patronal, cuando toma personal con estas características y en eso coincide con la cámara del tabaco para capacitar a los inspectores de trabajo para que se contemple esta situación."Venimos a la casa de los tabacaleros para gestionar y beneficiar a la actividad y que sea positiva par a los trabajadores".
Por su parte el presidente de la Cámara de Tabaco de Jujuy, Pedro Pascuttini, agradeció la presencia y el compromiso del ministro de trabajo y expresó que es necesario transitar por el camino que corresponde. "Los trabajadores tienen que estar en condiciones, con todas sus posibilidades de emplearse sin temor a ser registrados en blanco y seguir produciendo".
El dirigente expresó que se va a fortalecer toda estrategia para mejorar la producción tabacalera en nuestra provincia. "Coordinar con el gobierno es el modo de continuar trabajando, es un trabajo permanente porque ya iniciamos el trasplante del tabaco que es donde necesitamos mano de obra y ahora se va a incrementar de cara a fin de año cuando la demanda de contratación es masiva".
¿Qué es el Decreto Nacional 514/21?
Esta normativa está dirigida a la promoción del trabajo registrado y ampliación de la protección social de los trabajadores rurales temporales y estacionales.
El Decreto 514/21 estableció que aquellas personas que sean contratadas bajo las modalidades de trabajo temporario o trabajo permanente discontinuo, conforme lo dispuesto en los artículos 17 y 18 de la Ley 26727, y las que sean contratadas para desarrollar actividades agropecuarias bajo la modalidad establecida en el artículo 96 de la Ley 20744, tendrán derecho a:
-Asignaciones familiares. Cuando dejen de estar cubiertos por el régimen general de asignaciones familiares, tendrán derecho a la percepción de las asignaciones universales.
-Planes y Programas Sociales y de Empleo nacionales.
-Planes y Programas Sociales y de Empleo provinciales y municipales.















