El país puede apelar el fallo, pero igualmente deberá pagar una garantía o los fondos demandantes tienen el derecho a pedir embargos.

El juicio contra la Argentina e YPF por la expropiación del 51% de sus acciones, que se lleva adelante desde hace casi ocho años, tuvo este viernes una sentencia. La jueza Loretta Preska, de la Corte del Distrito Sur de Nueva York y heredera de los casos del fallecido Thomas Griesa, eximió de responsabilidades a YPF, pero culpó al Estado, que deberá pagar indemnizaciones de entre 3.500 millones y 17.000 millones de dólares. La Argentina tiene dos instancias más para apelar el fallo adverso, pero igualmente deberá pagar una garantía.
Los fondos Burford Capital y Eton Park, que compraron el derecho a litigar contra la Argentina e YPF a accionistas de la petrolera en el momento de la estatización, ganaron con sus planteos de que, en aquel momento, el gobierno de Cristina Kirchner no lanzó una oferta pública de adquisición sobre el total de las acciones, cuando expropió el 51%.
Los demandantes sostuvieron que el Estado argentino debería haber hecho una oferta pública de adquisición (OPA) al resto de los accionistas, según los estatutos de YPF y el prospecto de oferta pública que la compañía presentó ante la Comisión de Valores de los Estados Unidos (SEC, por sus siglas en inglés), en 1993. En tanto, a YPF la acusaban de no haber obligado al Estado, como nuevo accionista, a hacer cumplir su estatuto.
Los distintos abogados de la Argentina intentaron convencer a la jueza norteamericana de que el derecho de expropiación está por encima de cualquier estatuto empresarial, pero no lograron sostener la defensa. Sin embargo, para la petrolera fue una victoria, ya que fue eximida de responsabilidades.
“La República [Argentina] prometió a los tenedores de valores que les proporcionaría una salida compensada si recuperaba el control sobre el número requerido de acciones. Los demandantes tienen derecho a una sentencia sumaria por sus reclamaciones por incumplimiento de contrato. Han demostrado la existencia de un contrato válido y vinculante contra la República, pero no contra YPF”, afirmó Preska en la sentencia.

“El Tribunal está de acuerdo en que el precio de oferta pública que la República habría estado obligada a ofrecer si cumpliera con los Estatutos es la medida apropiada de los daños compensatorios de los demandantes. Debido a que el Tribunal no puede identificar la fecha en la que la República activó su obligación de oferta pública de adquisición, no puede determinar la fecha de notificación contractual y, por lo tanto, no puede cuantificar los daños compensatorios de los demandantes”, explicó el texto.
Durante el juicio, los fondos Burford y Eton presentaron un experto, Daniel Fischel, para calcular el lineamiento de la oferta pública que se le debería haber hecho al resto de los accionistas cuando se expropió el 51% de las acciones, según el estatuto de YPF. Fischel dijo que los daños que debería pagar el Estado van desde 7.000 millones hasta 13.000 millones de dólares, sin intereses, y desde 12.000 a 17.000 millones de dólares, con intereses.
YPF, por su parte, mandó hace unos meses un comunicado a la Comisión Nacional de Valores (CNV) y afirmó que, en caso de declararla culpable a la Argentina, la condena podría costarle al país entre 3.500 millones y 5.200 millones de dólares. Desde la petrolera consideraron que “es un fallo positivo para YPF porque la jueza reconoce que la compañía no tenía responsabilidad y no es garante del Estado nacional, por lo que sus activos están fuera de riesgo”. Y agregaron que “es importante destacar que no se hace lugar a todos los pedidos de los demandantes”.
El fondo inglés Burford Capital adquirió al fisco de España el derecho a demandar a la Argentina y a YPF a cambio de 15 millones de euros y un 30% de la indemnización que resulte del juicio, cuando las empresas Petersen Energía y Petersen Inversora quebraron en ese país. En ese entonces, las compañías alegaron que no pudieron hacer frente a los créditos que habían obtenido por parte de un grupo de bancos europeos, préstamos utilizados en su momento para comprar el 25% de participación de YPF, que serían devueltos con las utilidades de las acciones.

Las empresas habían sido constituidas en España por la familia Eskenazi, dueña también del Banco de Santa Cruz. Pese a que en el expediente del juicio figura que los demandantes son las empresas Petersen, la familia dice que el grupo, con operaciones en el país, “es totalmente ajeno a la demanda”.
YPF tiene hoy una valuación de mercado de 4.480 millones de dólares en la Bolsa de Nueva York. Cada acción cuesta 11,5 dólares. Luego de conocerse el fallo, la cotización de la acción cayó casi un 4%.
La demanda contra YPF y la República Argentina comenzó en abril de 2015 en la Corte del Distrito Sur de Nueva York. Además de Burford, también demandó al país por la misma razón el fondo Eton Park, por lo que Preska unificó ambos reclamos.
Al producirse la expropiación, las empresas Petersen entraron en quiebra en España, y acusaron que no podían pagar sus compromisos, ya que se había derrumbado el precio de las acciones y el nuevo accionista mayoritaria, la Argentina, había prohibido el reparto de utilidades.
Durante los años del juicio, YPF y el Estado argentino intentaron convencer a la jueza de que el derecho de expropiación está por encima de cualquier estatuto empresarial y que el proceso, además, se debería llevar adelante en los tribunales argentinos, pedido rechazado, luego de que tres cortes estadounidenses –incluida la de Apelaciones y la Corte Suprema– opinaran en contra de dirimir el juicio en jurisdicción argentina. Ahora también falló en contra de la defensa de la expropiación.















