El Fiscal General del Ministerio Público de la Acusación (MPA), Dr. Sergio Enrique Lello Sánchez, participó de la reunión de la Comisión de Asuntos Institucionales donde se trabaja la reforma parcial de la Constitución de Jujuy.

En primer lugar, el funcionario agradeció la convocatoria a participar del proceso de consulta sobre la reforma parcial de la constitución provincial y consideró muy positivos los lineamientos planteados en la iniciativa en relación al Ministerio Público de la Acusación.
"El Ministerio Público ha sufrido un cambio rotundo, a partir de 20216, dando un salto cualitativo en el servicio de administración de la justicia, a través del concepto de la autonomía".
Agregó también sin autonomía no es posible un sistema procesal acusatorio que este acorde al debido proceso. "Creo que el sistema constitucional vigente, como todas las constituciones de la época, ha sido un esquema de un ministerio público bastante débil donde no se han contemplado nuevas funciones en la justicia".
Lello Sánchez indicó que el hecho de tener autonomia no es un capricho ya que garantiza que los jueces sean imparciales, cuestión que no ocurriría si no hubiese un ministerio por afuera del poder judicial. "Depender de un poder judicial que tiene que tener una distancia de las partes, impediria que el ministerio gestione intereses de la sociedad que es su rol fundamental".
Por otra parte, el titular del MPA, destacó que se trabaja en un esquema de trabajo de vinculación inter institucional con actores que se desempeñan en la prevención del delito. "Es importante porque la sola persecuión penal pública no soluciona el problema del delito ni de las víctimas, las víctimas merecen que se prevenga el delito y para esto es necesario tener autonomia para vincularse con otras instituciones".
Para finalizar, el funcionario judicial remarcó la necesidad de mantener la autonomia del ministerio para mantener el cumplimiento de acuerdos internacionales y funcionar acorde a la constitución vigente. "Es fundamental que la autonomía se traduzca en un diseño constitucional que la mantenga como una insticutión extra poder, celebramos esta reforma que institucionaliza al Ministerio Público de la Acusación"
Ministerio Público de la Acusación (M.P.A)
El Ministerio Público de la Acusación es un órgano independiente dentro del sistema de administración de justicia, posee autonomía funcional, administrativa y financiera. (Arts. 2 y 3 de la Ley Nº5895). Se encuentra a cargo del Fiscal General, que es propuesto por el Poder Ejecutivo Provincial y aprobado por la Legislatura de la Provincia.
El M.P.A. tiene como función exclusiva y excluyente la intervención en los procesos penales, ejerciendo la acción penal pública, mediante la realización de actividad probatoria, solicitud de medidas jurisdiccionales, procurando dar solución a conflictos sociales derivados de la comisión de delitos garantizando los derechos de las víctimas y procurando la sanción a quienes cometen delitos.
A la respuesta al conflicto penal podrá arribar mediante la resolución alternativa de conflictos, aplicación de criterios de oportunidad o ejerciendo la acción frente a los tribunales y juzgados inferiores con competencia en lo penal, ejerciendo las pretensiones requirentes y conclusivas conforme la Ley 5895 y el Código Procesal Penal.















