El Superior Tribunal de Justicia, ante la inminente puesta en funcionamiento de los Juzgados Especializados en Violencia de Género, reglamentó el procedimiento y las instancias de apelación para las resoluciones que emitan estos juzgados mediante la Acordada Nº 183/2016.
Por otro lado, al mismo tiempo, el Tribunal de Evaluación que tiene a su cargo la realización de concursos públicos para la designación de jueces, fiscales y defensores, se encuentra concursando dos cargos de juez/a, para los centros judiciales de San Salvador de Jujuy y de San Pedro de Jujuy.
Cabe recordar que la lucha contra violencia de género en Jujuy será abordada por los Juzgados Especializados que fueron creados mediante Ley 5897.
Esta normativa ha colocado a Jujuy a la vanguardia en la materia, al establecer órganos judiciales especializados que, con un enfoque integral, permitirán brindar una respuesta eficaz y rápida a las víctimas, de modo que puedan encontrar, en un solo lugar y a través de una misma gestión judicial, la resolución de las diversas problemáticas que la situación trae aparejada.
La reglamentación ahora establecida por el Superior Tribunal de Justicia se corresponde con los parámetros y lineamientos previstos a nivel nacional e internacional, brindando a los órganos judiciales amplias facultades para ordenar e impulsar el proceso, pudiendo también disponer de las medidas que fueren necesarias para esclarecer los hechos, ubicar el paradero del presunto agresor y proteger a quienes corran el riesgo de padecer actos de violencia.
Aspectos relevantes del proceso
Si la denuncia es interpuesta por la víctima, inmediatamente se llevará a cabo una audiencia y el Cuerpo Interdisciplinario confeccionará un informe de conformidad a un Protocolo de Evaluación de Riesgo que servirá para la adopción de medidas urgentes.
Si la denuncia es efectuada por un tercero, sea persona u organismo público o privado, los jueces y juezas y el Cuerpo Interdisciplinario de Asistencia Técnica deben entrevistarse con la víctima dentro de las cuarenta y ocho horas, excepto que se trate de una situación de peligro actual o inminente, en cuyo caso procederán inmediatamente.
Los órganos judiciales deberán imprimirle a la causa el trámite de juicio sumarísimo y dictar sentencia imponiendo al autor de la violencia una o varias sanciones. En ese sentido, el juez puede ordenar medidas tales como establecer una cuota alimentaria a favor de la o las personas damnificadas; disponer la asignación de la vivienda para la víctima y su grupo familiar y/o la exclusión del victimario; establecer pautas relativas al cuidado personal de los hijos y regular el derecho de comunicación con el denunciado teniendo siempre en miras el interés superior del niño.
















