{"id":7239,"date":"2014-12-03T14:11:30","date_gmt":"2014-12-03T14:11:30","guid":{"rendered":"http:\/\/notinor.com\/jujuy\/?p=7239"},"modified":"2014-12-03T14:15:50","modified_gmt":"2014-12-03T14:15:50","slug":"los-presos-que-trabajan-cobraran-aguinaldo-y-vacaciones","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/notinor.com\/jujuy\/los-presos-que-trabajan-cobraran-aguinaldo-y-vacaciones\/","title":{"rendered":"Los presos que trabajan cobrar\u00e1n aguinaldo y vacaciones"},"content":{"rendered":"<p style=\"text-align: justify;\">La C\u00e1mara Federal de Casaci\u00f3n Penal hizo lugar a un h\u00e1beas corpus colectivo y equipar\u00f3 los derechos laborales de los presos a los de los trabajadores en libertad, y de esta manera las personas privadas de su libertad podr\u00e1n disponer de aguinaldo, vacaciones, licencia por enfermedad y descanso en d\u00edas feriados, entre otras reivindicaciones.<\/p>\n<p>As\u00ed lo resolvi\u00f3 la Sala II del m\u00e1ximo tribunal penal, al hacer lugar a una presentaci\u00f3n de la Defensa P\u00fablica Oficial y la Procuraci\u00f3n Penitenciaria de la Naci\u00f3n en un caso por el trabajo de los presos, sobre quienes regir\u00e1 la ley de Contrato de Trabajo.<\/p>\n<p>El Centro de Informaci\u00f3n Judicial (CIJ) public\u00f3 el fallo de la Sala II de la C\u00e1mara Federal de Casaci\u00f3n Penal, integrada por los jueces \u00c1ngela Ledesma, Alejandro Slokar y Pedro David, quienes fundamentaron su decisi\u00f3n en 34 fojas con \"profusas citas y referencias doctrinarias\".<\/p>\n<p>El tribunal dict\u00f3 la sentencia tras el h\u00e1beas corpus colectivo presentado el 29 de abril de 2013 por el preso K\u00e9pych Y\u00fariy Tib\u00e9riyevich, a favor de detenidos que est\u00e1n con contratos de trabajo intramuros.<\/p>\n<p>Los jueces invocaron el principio de \"igual remuneraci\u00f3n por igual tarea\", establecido en la Constituci\u00f3n Nacional, la Declaraci\u00f3n Universal de Derechos Humanos y el Pacto Internacional de Derechos Econ\u00f3micos, Sociales y Culturales.<\/p>\n<p>En el voto del juez Slokar, que llev\u00f3 la voz en la sentencia, se estableci\u00f3 que \"para cualquier preso que trabaje no pueden dejar de gobernar como est\u00e1ndares -entre otros- el derecho a la remuneraci\u00f3n y la regla de asimilaci\u00f3n al trabajo libre, con todos sus alcances (asignaciones familiares, obra social, cobertura frente a accidentes de trabajo, capacitaci\u00f3n laboral, agremiaci\u00f3n), por imperio del principio de progresividad\".<\/p>\n<p>El director del Servicio Penitenciario Nacional, Francisco Mugnolo, indic\u00f3 que los presos que trabajan tienen derecho al pago de aguinaldo y a un per\u00edodo de vacaciones.<\/p>\n<p>\u201cSi una persona tiene una relaci\u00f3n de trabajo estable, y cumple sus obligaciones, tiene derecho a percibir un sueldo y todos los beneficios laborales\u201d, dijo a <b>Cadena 3<\/b>.<\/p>\n<p>\u201cEl preso que trabaja debe tener todas las garant\u00edas de un trabajador en blanco y tambi\u00e9n realizar los aportes y las retenciones\u201d, afirm\u00f3.<\/p>\n<p>Mugnolo explico que, en el caso de los presos, \u201cel empleador es el Estado y debe cumplir con las obligaciones que le demanda el derecho laboral\u201d. \u201cSi uno piensa que porque est\u00e1 preso gana m\u00e1s que el que no est\u00e1 preso, lo que est\u00e1 mal es el que gana menos, no el preso\u201d, afirm\u00f3.<\/p>\n<p>El funcionario reconoci\u00f3 que controlar al empleador que toma trabajadores en negro es tarea del Estado. \u201cNo podemos reducir el debate a que porque el Estado es ineficaz con estos controles se deba excluir a los presos\u201d, remarc\u00f3.<\/p>\n<p>\u201cEs una paradoja, pero por lo menos el Estado intenta cumplir con una responsabilidad que tiene\u201d.<\/p>\n<p>Respecto al pedido de vacaciones de los reclusos, otro punto de su reclamo laboral, Mugnolo dijo: \u201cSi uno piensa en una relaci\u00f3n de trabajo normal, toda persona que trabaja durante un a\u00f1o completo debe tener un periodo de descanso. Esto no significa que van a poder salir, pero si que van a dejar de prestar la tarea por los d\u00edas que corresponda\u201d, aclar\u00f3.<\/p>\n<p>Finalmente, Mugnolo remarc\u00f3 que \u201clas personas privadas de la libertad tienen todos los derechos de las dem\u00e1s personas, excepto el de la movilidad que le implique la sentencia\u201d.<\/p>\n<p>\u201cHay que pedir que todos accedan a los derechos, no que no los tengan los presos\u201d, concluy\u00f3, al tiempo que afirm\u00f3 que, hoy, \u201clos presos que perciben salario son muy pocos\u201d.<\/p>\n<p>\u201cLa mayor\u00eda desarrollan tareas no remuneradas, como la limpieza, al interior del penal. Ojal\u00e1 esto sirva para promover el trabajo en las c\u00e1rceles\u201d, finaliz\u00f3.<\/p>\n<p>fuente cadena3<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>La C\u00e1mara Federal de Casaci\u00f3n Penal hizo lugar a un h\u00e1beas corpus colectivo y equipar\u00f3 los derechos laborales de los presos a los de los trabajadores en libertad, y de esta manera las personas privadas de su libertad podr\u00e1n disponer de aguinaldo, vacaciones, licencia por enfermedad y descanso en d\u00edas feriados, entre otras reivindicaciones. 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