{"id":57389,"date":"2016-01-08T00:01:18","date_gmt":"2016-01-08T03:01:18","guid":{"rendered":"http:\/\/notinor.com\/jujuy\/?p=57389"},"modified":"2016-01-07T22:26:19","modified_gmt":"2016-01-08T01:26:19","slug":"reves-judicial-para-sabbatella-la-justicia-rechazo-la-precautelar","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/notinor.com\/jujuy\/reves-judicial-para-sabbatella-la-justicia-rechazo-la-precautelar\/","title":{"rendered":"Rev\u00e9s judicial para Sabbatella:  la Justicia rechaz\u00f3 la precautelar"},"content":{"rendered":"<p>El juez federal de La Plata, Alberto Recondo, anul\u00f3 la precautelar que el pasado 30 de diciembre hab\u00eda dictado el juez platense Luis Arias. \"Se arrog\u00f3 la tramitaci\u00f3n de la causa, y careci\u00f3 de legitimidad\", dice la resoluci\u00f3n de hoy.<\/p>\n<p>El juez federal de La Plata, Alberto Osvaldo Recondo, rechaz\u00f3 hoy un amparo que buscaba anular los decretos que dispusieron la intervenci\u00f3n de la Autoridad Federal de Servicios de Comunicaci\u00f3n Audiovisual (AFSCA) y el traspaso de ese \u00e1rea al Ministerio de Comunicaciones de la Naci\u00f3n.<\/p>\n<p>Recondo adem\u00e1s advirti\u00f3 que en los \u00faltimos a\u00f1os tambi\u00e9n se dispusieron otras intervenciones, incluso con menos justificaciones como la de la imprenta Ciccone, por la que est\u00e1 procesado el ex vicepresidente Amado Boudou.<\/p>\n<p>En la resoluci\u00f3n, Recondo (titular del Juzgado en lo Civil, Comercial y Contencioso Administrativo Federal de La Plata N 4) dej\u00f3 sin efecto una medida precautelar que hab\u00eda dictado el 30 de diciembre el juez platense, sin competencia federal, Luis Arias, en donde le ordenaba al Estado Nacional que se abstuviera de \"alterar, modificar, eliminar o suprimir las funciones y la existencia\" de la AFSCA.<\/p>\n<p>A criterio de Recondo, Arias se arrog\u00f3 la tramitaci\u00f3n de la causa, y su resoluci\u00f3n \"careci\u00f3 de legitimidad, por cuanto no se encuentra acreditada la existencia de actos de la autoridad p\u00fablica que en forma actual o inminente, lesionen, restrinjan, alteren o amenacen, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta los derechos y garant\u00edas expl\u00edcita o impl\u00edcitamente reconocidos por la Constituci\u00f3n Nacional\".<\/p>\n<p>La causa se inici\u00f3 a pedido de Guillermo Luis Guer\u00edn, delegado de la AFSCA-La Plata, para que se declarara v\u00eda amparo \"la nulidad absoluta del Decreto N 236 del d\u00eda 22\/12\/2015, mediante el cual se resolvi\u00f3 la intervenci\u00f3n por 180 d\u00edas\" del organismo y el cese en sus funciones del directorio, y tambi\u00e9n del decreto 13\/2015, que dispuso el pase al Ministerio de Comunicaci\u00f3n.<\/p>\n<p>El delegado del AFSCA hablaba de vulneraci\u00f3n de \"los principios constitucionales de divisi\u00f3n de poderes y de razonabilidad\" y exist\u00eda una \"amenaza concreta del derecho a libertad de expresi\u00f3n de los todos los ciudadanos y ciudadanas\".<\/p>\n<p>En ese marco, Arias dict\u00f3 su precautelar \"de prohibici\u00f3n de no innovar\" sobre el Estado Nacional, pero el lunes pasado, el abogado Jer\u00f3nimo Muzzio Lozano, en representaci\u00f3n del Estado Nacional (Ministerio de Justicia y Derechos Humanos) apel\u00f3 la medida citada y solicit\u00f3 su levantamiento.<\/p>\n<p>Desde el Estado, bajo el impulso del Procurador del Tesoro Carlos Balb\u00edn, se sostuvo que correspond\u00eda rechazar el amparo por entender que hab\u00eda \"circunstancias graves y objetivamente impostergables que justificaran\" el dictado de esa medidas y que el presidente Mauricio Macri estaba habilitando para dictar esos decretos.<\/p>\n<p>Hoy, al analizar la cuesti\u00f3n, el juez Recondo asegur\u00f3 que \"el Poder Ejecutivo Nacional pudo y puede proceder a la intervenci\u00f3n de un organismo aut\u00e1rquico descentralizado como lo era el AFSCA\" y a\u00f1adi\u00f3: \"No abrigo ninguna duda al respecto\".<\/p>\n<p>Recalc\u00f3 as\u00ed las facultades concedidas por la Constituci\u00f3n en donde se establece que \"el Presidente de la Naci\u00f3n\" es \"jefe supremo de la Naci\u00f3n (entendido esto como responsable del Poder Ejecutivo Nacional, bajo la forma republicana de gobierno), jefe del gobierno y responsable pol\u00edtico de la administraci\u00f3n del pa\u00eds\".<\/p>\n<p>\"En ese contexto, por s\u00ed solo nombra y remueve a los funcionarios encargados de ejercer la administraci\u00f3n central y descentralizada del pa\u00eds, dictando los reglamentos que fueren necesarios\", dijo.<\/p>\n<p>Pero adem\u00e1s a\u00f1adi\u00f3: \"Existen numerosos precedentes de intervenciones decretadas en similares situaciones. Muchas de ellas con menores y m\u00e1s limitados fundamentos que los que exhibe el Decreto 236\/2015, que adem\u00e1s, estableci\u00f3 un plazo determinado de ciento ochenta (180) d\u00edas a partir de su publicaci\u00f3n\".<\/p>\n<p>En ese marco cit\u00f3 una seguidilla de decretos, la mayor\u00eda de ellos dictados durante las gestiones kirchneristas, ordenando intervenciones de distintos organismos, como la imprenta Ciccone, YPF y el INADI.<\/p>\n<p>\"Toda esta evidencia pr\u00e1ctica tambi\u00e9n contribuye a concluir que, s\u00f3lo el dictado de un decreto infundado o carente de los presupuestos legales y constitucionales que le dan sustento (Art. 99 inc. 2, 7 y\/o 3 de la Carta Magna) podr\u00eda autorizar la intervenci\u00f3n del Poder Judicial sobre una decisi\u00f3n administrativa. No es, precisamente, el caso de autos\", a\u00f1adi\u00f3.<\/p>\n<p>Adem\u00e1s, el juez resolvi\u00f3 anular la precautelar que hab\u00eda dictado su colega Arias, por entender que se arrog\u00f3 la tramitaci\u00f3n de la causa.<\/p>\n<p>Y \"careci\u00f3 de legitimidad, por cuanto no se encuentra acreditada la existencia de actos de la autoridad p\u00fablica que en forma actual o inminente, lesionen, restrinjan, alteren o amenacen, con arbitrariedad o ilegalidad manifiesta los derechos y garant\u00edas expl\u00edcita o impl\u00edcitamente reconocidos por la Constituci\u00f3n Nacional\", se a\u00f1adi\u00f3.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>El juez federal de La Plata, Alberto Recondo, anul\u00f3 la precautelar que el pasado 30 de diciembre hab\u00eda dictado el juez platense Luis Arias. \"Se arrog\u00f3 la tramitaci\u00f3n de la causa, y careci\u00f3 de legitimidad\", dice la resoluci\u00f3n de hoy. 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