{"id":437990,"date":"2026-01-29T17:52:32","date_gmt":"2026-01-29T20:52:32","guid":{"rendered":"https:\/\/notinor.com\/jujuy\/?p=437990"},"modified":"2026-01-29T17:52:34","modified_gmt":"2026-01-29T20:52:34","slug":"los-interventores-del-pj-jujeno-decidieron-suspender-a-rivarola-jenefes-y-carolina-moises","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/notinor.com\/jujuy\/los-interventores-del-pj-jujeno-decidieron-suspender-a-rivarola-jenefes-y-carolina-moises\/","title":{"rendered":"Los interventores del PJ Juje\u00f1o decidieron suspender a Rivarola,\u00a0Jenefes\u00a0y Carolina Mois\u00e9s"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"has-medium-font-size\"><strong><em>Adem\u00e1s el proceso de elecciones internas se reprograma para el pr\u00f3ximo 24 de abril.<\/em><\/strong><\/p>\n\n\n\n<p><\/p>\n\n\n<div class=\"wp-block-image\">\n<figure class=\"aligncenter size-full\"><img decoding=\"async\" loading=\"lazy\" width=\"809\" height=\"449\" src=\"https:\/\/notinor.com\/jujuy\/wp-content\/uploads\/2024\/06\/PJ.jpg\" alt=\"\" class=\"wp-image-410806\" srcset=\"https:\/\/notinor.com\/jujuy\/wp-content\/uploads\/2024\/06\/PJ.jpg 809w, https:\/\/notinor.com\/jujuy\/wp-content\/uploads\/2024\/06\/PJ-658x365.jpg 658w, https:\/\/notinor.com\/jujuy\/wp-content\/uploads\/2024\/06\/PJ-768x426.jpg 768w, https:\/\/notinor.com\/jujuy\/wp-content\/uploads\/2024\/06\/PJ-750x416.jpg 750w\" sizes=\"(max-width: 809px) 100vw, 809px\" \/><\/figure><\/div>\n\n\n<p><\/p>\n\n\n\n<p>Considerando que el Partido Justicialista no es una mera estructura electoral sino un movimiento pol\u00edtico doctrinario.<\/p>\n\n\n\n<p>Promovieron o acompa\u00f1aron fuerzas pol\u00edticas que compitieron electoralmente contra el Partido Justicialista en las elecciones provinciales y nacionales de los a\u00f1os 2024 y 2025.<\/p>\n\n\n\n<p>Que, asimismo, el mencionado afiliado obstaculiz\u00f3 de manera reiterada el proceso de normalizaci\u00f3n institucional del Partido Justicialista en la provincia.<\/p>\n\n\n\n<p>Los interventores del Partido Justicialista Distrito Jujuy decidieron suspender a Rub\u00e9n Rivarola, Guillermo Jenefes de las internas convocadas para la regularizaci\u00f3n del Partido. Debido a \u201cinconductas partidarias\u201d por haber competido o acompa\u00f1ado espacios por fuera del PJ, durante las pasadas elecciones provinciales y nacionales.<\/p>\n\n\n\n<p>Esto se debe a las actuaciones iniciadas con motivo de la conducta de afiliados que participaron, promovieron o acompa\u00f1aron fuerzas pol\u00edticas que compitieron electoralmente contra el Partido Justicialista en las elecciones provinciales y nacionales de los a\u00f1os 2024 y 2025. Considerando que el Partido Justicialista no es una mera estructura electoral sino un movimiento pol\u00edtico doctrinario, fundado en principios hist\u00f3ricos claros, entre los que se destacan la lealtad al movimiento, la unidad de acci\u00f3n, la organizaci\u00f3n por sobre los personalismos y la subordinaci\u00f3n de los intereses individuales a los intereses colectivos del pueblo. En tal sentido informaron que el afiliado Rub\u00e9n Armando Rivarola, en ocasi\u00f3n de los procesos electorales desarrollados durante el a\u00f1o 2025, promovi\u00f3 y acompa\u00f1\u00f3 p\u00fablicamente la Frente Primero Jujuy Avanza \u2013 Lista N\u00b0 501- Elecciones Nacionales del 26 de Octubre de 2025), fuerza pol\u00edtica que compiti\u00f3 electoralmente por fuera del Partido Justicialista \u2013 Distrito Jujuy, sin contar con autorizaci\u00f3n partidaria, incurriendo en una conducta expresamente prohibida por el art\u00edculo 11\u00ba de la Carta Org\u00e1nica partidaria. Que, asimismo, el mencionado afiliado obstaculiz\u00f3 de manera reiterada el proceso de normalizaci\u00f3n institucional del Partido Justicialista en la provincia, sosteniendo una conducta pol\u00edtica objetivamente funcional al partido gobernante provincial y adoptando pr\u00e1cticas incompatibles con el rol hist\u00f3rico del peronismo como fuerza opositora, utilizando la estructura partidaria en detrimento de los intereses colectivos del pueblo peronista.<\/p>\n\n\n\n<p>Que igual reproche disciplinario corresponde marcar respecto de aquellos afiliados que sin ser candidatos, asumen posiciones p\u00fablicas de promoci\u00f3n, difusi\u00f3n y participaci\u00f3n en las campa\u00f1as electorales de las agrupaciones antag\u00f3nicas, en procura de vencer a los candidatos postulados por el Justicialismo. Estos supuestos se encuentran detallados en el Anexo II conjuntamente con quienes facilitaron la aprobaci\u00f3n de la reforma constitucional de la provincia producida en el a\u00f1o 2023, bajo grav\u00edsimos cuestionamientos sobre su falta de legitimidad, incumplimiento de consulta previa e informada las comunidades originarias, eliminaci\u00f3n de \u00f3rganos de control p\u00fablico y de concentraci\u00f3n del poder pol\u00edtico. Como es el caso de Guillermo Ra\u00fal Jenefes quien no solo fue presidente del bloque convencionales constituyentes que aprobaron la reforma mencionada, sino que ha realizado una campa\u00f1a de desprestigio p\u00fablico permanente sobre los candidatos del partido justicialista en las \u00faltimas elecciones del 2025 tanto a nivel provincial como nacional. Los Interventores del Partido Justicialista \u2013 Distrito Jujuy resuelven: Art\u00edculo 1\u00ba.- Disponer la apertura del procedimiento disciplinario respecto de la afiliada Carolina Mois\u00e9s, por presunta grave inconducta partidaria en los t\u00e9rminos de los art\u00edculos 10\u00ba y 11\u00ba de la Carta Org\u00e1nica del Partido Justicialista \u2013 Distrito Jujuy. Art\u00edculo 2\u00ba.- Disponer la apertura del procedimiento disciplinario respecto del afiliado Rub\u00e9n Armando Rivarola, por presunta grave inconducta partidaria conforme las mismas normas. Art\u00edculo 3\u00ba.- Disponer la apertura del procedimiento disciplinario respecto del afiliado Guillermo Ra\u00fal Jenefes, por presunta grave inconducta partidaria conforme las mismas normas. Art\u00edculo 5\u00ba.- Declarar e instrumentar la Suspensi\u00f3n Temporaria de la Afiliaci\u00f3n de las personas mencionadas en los art\u00edculos precedentes, con car\u00e1cter cautelar, conforme Art. 60 inc. d) de la Carta Org\u00e1nica, quedando suspendidos todos sus derechos partidarios hasta la resoluci\u00f3n definitiva de los procedimientos disciplinarios. Art\u00edculo 8\u00ba.- Disponer la baja inmediata y total del proceso electoral interno del Partido Justicialista \u2013 Distrito Jujuy actualmente en curso, por razones de gravedad institucional. Art\u00edculo 9\u00ba.- Convocar a un nuevo proceso electoral interno, el cual se llevar\u00e1 a cabo en fecha 24 de Abril de 2026.<\/p>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Adem\u00e1s el proceso de elecciones internas se reprograma para el pr\u00f3ximo 24 de abril. Considerando que el Partido Justicialista no es una mera estructura electoral sino un movimiento pol\u00edtico doctrinario. 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