Ahora la Justicia dio un nuevo giro sorpresivo y decidió imputar a tres ex funcionarios de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy.
El fiscal Diego Cussel, habilitado en la Fiscalía N° 1 y en reemplazo de la fiscal Liliana Fernández de Montiel dispuso de la imputación penal a tres ex funcionarios municipales, a saber la ex Contadora General del Municipio, el ex Coordinador General de Obras Públicas, y la ex Tesorera General del Municipio.
Fue algó tardía la Justicia en imputar a estos tres ex funcionarios puesto que sus firmas estaban en los primeros cheques que trascendieron hace meses como prueba de millonarios fondos cobrados por obras que nunca se realizaron.
Estos ex funcionarios municipales se suman a Milagro Sala, principal imputada en la causa de asociación ilícita y defraudación al estado; también se encuentran imputados el ex presidente del IVUJ Lucio Abregú quien está detenido, Marcia Sagardía,la ex contadora del IVUJ Martha Gutierrez. Javier Nieva también está imputado pero es el único que se mantiene prófugo.
Hay gran expectativa por declaración indagatoria, que tendrá lugar hoy, de la actual diputada provincial Mabel Balconte, quien recientemente renunciara al bloque del FUyO, debido a que trascendió que haría revelaciones importantes sobre el modus operandi de Tupac Amaru y sus socios con los fondos que llegaban de Nación.
OTRO EVÉS PARA MILAGRO SALA
La Corte Suprema de Justicia declaró inadmisible un planteo de un abogado que pretendía obtener la excarcelación de Milagro Sala. La jefa de la organización social Tupac Amaru está detenida desde el 16 de enero pasado en una causa por asociación ilícita e instigación a cometer delitos y tumulto.
La presentación directa ante la Corte la hizo el abogado Emiliano Sebastián Villar. El letrado viene denunciando la detención ilegal de Sala al considerar que la dirigente tiene fueros por ser parlamentaria del Mercosur designada por el voto popular.
El máximo tribunal indicó que el planteo es "manifiestamente inadmisible" ya que "prescinde de recaudos elementales exigidos por las leyes". "Villar ha procedido con notorio e incontrovertible desconocimiento de reglas elementales que regulan -desde hace más de un siglo- la competencia extraordinaria del Tribunal", criticó la Corte en su fallo.
"El inexorable resultado adverso de la petición convierte a la presentación en un recurso meramente testimonial que, en definitiva, parece orientado a incorporarla a la agenda de esta Corte Suprema para satisfacer una finalidad meramente personal del peticionario", determinó la Corte en su fallo.
En ese sentido, el máximo tribunal hizo un "severo llamado" al abogado y le ordenó "que se abstenga de reiterar esta clase de presentaciones que distraen al Tribunal del apropiado ejercicio de sus ingentes atribuciones".